La cuenta de ahorro de indemnización obligatoria para todos los trabajadores de casa particular, con el fin de poder financiar su indemnización por años de servicio al término de la relación laboral.
¿Qué es y cómo funciona?
- Propósito: Esta cuenta tiene como objetivo acumular fondos que serán entregados al trabajador o trabajadora cuando finalice su relación laboral, independientemente de la causa del término del contrato (indemnización a todo evento).
- Aportes: Es el empleador quien realiza un aporte mensual obligatorio equivalente al 4,11% del sueldo imponible del trabajador. De ese porcentaje, el 3% se destina al Seguro de Desempleo (AFC) y el 1,11% a esta cuenta de ahorro individual en una AFP.
- Titularidad: La cuenta es personal y los fondos son propiedad del trabajador, generando rentabilidad igual que los fondos de pensiones a los que esté acogida.
- Sin comisión: Esta cuenta no tiene cobro de comisión por administración.
Requisitos y Retiro de Fondos
El principal requisito para abrirla es tener la calidad de trabajador/a de casa particular y estar afiliado a una AFP o al IPS. La cuenta se abre automáticamente al iniciar la relación laboral y las cotizaciones.
Para retirar los fondos, es necesario que la relación laboral haya terminado. Los documentos requeridos generalmente son:
- Cédula de identidad vigente.
- Finiquito legalizado ante notario o el acta de término de relación laboral emitida por
la Dirección del Trabajo.
El retiro puede ser por el 100% de lo ahorrado con el respectivo empleador.
Diferencia con otras cuentas
A diferencia de una cuenta de ahorro tradicional o de la cuenta obligatoria de AFP:
- Los aportes provienen del empleador, no del trabajador.
- Tiene un propósito específico y legal (indemnización a todo evento).
- El retiro de fondos solo es posible tras el cese de la relación laboral, con la documentación que lo respalde.
- Bajo ciertas condiciones, los aportes y su rentabilidad no constituyen renta para efectos tributarios.