Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida
Actualizado el 24 de agosto, 2026 Lectura de 7 min

Desde enero de 2026, las mujeres ya pensionadas y las que se jubilen en el futuro, reciben un aporte extra en su pensión para equilibrar la diferencia en pensión que existe por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. Es decir, a mismo saldo, grupo familiar y edad, misma pensión entre hombre y mujer en base a su ahorro obligatorio.
Esto hace que la pensión de las mujeres aumente hasta aproximadamente un 14% en el caso que no tenga beneficiarios¹. El aumento de la pensión disminuye en el caso que los tenga.
Requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Estar pensionada por edad legal a partir de los 60 años o invalidez transitoria o definitiva no cubierta por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), ya sea por Retiro Programado o Renta Vitalicia.
- Haberse incorporado al Seguro Social Previsional: Si una persona se afilió al sistema antes de agosto de 2025 se considera que está incorporada al Seguro Social. En el caso de afiliarse después, deberá contar con, al menos, una cotización en el Fondo Autónomo de Protección Previsional antes de cumplir 50 años de edad.
Si una mujer se pensiona después de los 65 años por vejez, recibirá la compensación a partir del mes que obtuvo la respectiva pensión. En cambio, si se pensiona antes de los 65 años por vejez, recibirá desde los 65 años solo un porcentaje de la compensación:

En caso de pensionarse por invalidez, recibirá a partir de los 65 años el 100% del monto de compensación, independiente de la edad que tenía al momento de pensionarse. Las mujeres que se pensionen por vejez de manera anticipada, es decir antes de los 60 años, no tendrán derecho a este beneficio.
El beneficio se paga junto con la pensión autofinanciada y considera descuentos por impuestos y cotizaciones de salud. A su vez, podría dejar de pagarse si la persona fallece o pierde su condición de invalidez transitoria. Además, el pago se suspende en caso de que la persona permanezca fuera del país por más de 180 días, continuos o no, dentro de un mismo año calendario, pero se puede solicitar que se reanude el pago si se acredita la residencia en el territorio de la República de Chile por el lapso no inferior a 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
El pago mínimo que se puede recibir por este beneficio es de 0,25 UF mensual (equivalentes a $ 9.932 al 31 de diciembre de 2025). Sin embargo, el cálculo de esta compensación se hace considerando como máximo una pensión de 18 UF (equivalentes a $715.103 al 31 de diciembre de 2025), lo que corresponde a una compensación aproximada de $100.067 en caso de no tener beneficiarios y de $61.717 si tuviera un cónyuge de la misma edad como beneficiario, tal como se explica en los ejemplos.
Ejemplos
Una mujer de 65 años con un saldo de $100 millones en su cuenta obligatoria sin beneficiarios, tiene actualmente una pensión de $474.325². Para estimar la compensación adicional, se calcula la pensión para un hombre también de 65 años sin beneficiarios y con saldo de $100 millones. En este caso la pensión del hombre es $540.698, por lo que la compensación a la mujer sería de $540.698 – $474.325 = $66.374. Es decir, su pensión aumentaría un 14%. Ese monto estimado se le suma a su pensión todos los meses.
El aumento de la pensión disminuye en caso de que la persona tenga beneficiarios. Por ejemplo, si esta mujer tuviera un cónyuge de la misma edad como beneficiario, el monto recibido baja a $38.656.
Supongamos el caso de una mujer de 65 años sin beneficiarios y que su pensión es de $800.000. Aquí la compensación se calcula considerando la pensión tope de 18 UF ($715.103 al 31 de diciembre de 2025).
Una pensión de $715.103 para el caso de una mujer con las características mencionadas se obtiene con un saldo de $150.762.413. Con este mismo saldo, un hombre de 65 años sin beneficiarios recibiría una pensión de $815.170².
La compensación por mayor expectativa de vida será:

por lo que su pensión aumenta de $800.000 a $900.067 todos los meses.
El aumento de la pensión disminuye en caso de que la persona tenga beneficiarios. Por ejemplo, si esta mujer tuviera un cónyuge de la misma edad como beneficiario, el monto recibido baja a $61.717.
Supongamos el caso de una mujer de 60 años que tiene un cónyuge de la misma edad y está pensando en pensionarse. Si lo hace ahora, podría obtener una pensión de $800.000 con el saldo que tiene acumulado en su cuenta obligatoria y recibe a partir de los 65 años $9.932³ por el beneficio de mayor expectativa de vida. En cambio, si se pensiona a los 65 años, accede al 100% del monto del beneficio, es decir, $61.717.

Esta diferencia se explica debido a que el porcentaje del beneficio aumenta dependiendo del año en que te jubiles.
Además, ese aumento mensual se mantiene durante toda su jubilación, lo que puede representar una mejora importante en su pensión a lo largo del tiempo.
En caso de que decida retrasar su jubilación hasta los 65 años, no solo accede al 100% del beneficio por mayor expectativa de vida, sino que también puede acceder a una pensión mayor por la rentabilidad ganada en estos cinco años, pasando de una pensión $800.000 a $1.105.419.
- Es decir, que no tenga cónyuge ni hijos y, en el caso de tener hijos, estos tienen más de 24 años, por lo que no son considerados beneficiarios.
- El cálculo de la pensión se realiza al 31 de diciembre del 2025 por medio de una renta vitalicia inmediata que considera la edad del afiliado, su grupo familiar, saldo proveniente de su cuenta obligatoria y la tasa de interés promedio implícita de las rentas vitalicias de vejez en los últimos 6 meses (3%, correspondiente al promedio entre mayo 2025 y octubre 2025).
- Al igual que en el ejemplo anterior, la compensación se calcula considerando la pensión tope de 18 UF ($715.103 al 31 de diciembre de 2025) y la tasa de interés promedio implícita de las rentas vitalicias de vejez en los últimos 6 meses (3%, correspondiente al promedio entre mayo 2025 y octubre 2025). Una pensión de $715.103 para el caso de una mujer de 60 años que tiene un cónyuge de la misma edad se obtiene con un saldo de $177.952.353. Con este mismo saldo, un hombre de 60 años con el mismo tipo de beneficiario recibiría una pensión de $766.509. Por lo que el monto del beneficio sería $766.509 – $715.103 = $51.406. Sin embargo, dado que a los 60 años se recibe sólo el 5% del beneficio, el monto baja a $51.406* 5% = $2.570. No obstante, dado que el monto mínimo del beneficio es 0,25 UF (equivalentes a $9.932 al 31 de diciembre de 2025), el monto a recibir es $9.932.
- Para efectos de este cálculo se asume que la persona no vuelve a cotizar y la rentabilidad esperada del periodo es 3,38%, la cual corresponde a la establecida en el simulador de la Superintendencia de Pensiones.
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