Sistema mixto de pensiones

Sistema Mixto de Pensiones

¿Sabías que el sistema de pensiones chileno es mixto y está compuesto por tres pilares, el obligatorio, el voluntario y la Pensión Garantizada Universal, que en forma complementaria te protegen a ti y a tu familia?

El sistema de pensiones actual es un sistema contributivo mixto, es decir, con aportes del estado para otorgar la PGU, del empleado con las cotizaciones obligatorias y voluntarias y de los empleadores que financian el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

Se dice que el sistema de pensiones de Chile es mixto desde 2008, cuando se incluyó el Pilar Solidario bajo el gobierno de Michelle Bachelet con el fin de aumentar el apoyo estatal para las personas que formaban parte de los grupos sociales más vulnerables, ampliando la cobertura y montos de los aportes del Estado. Catorce años después, en el gobierno de Sebastián Piñera, el Pilar Solidario fue reemplazado por la nueva Pensión Garantizada Universal (PGU), fortaleciendo aún más este componente y su cobertura.

Los pilares son:

  • Pilar Obligatorio: el pilar obligatorio es el ahorro del 10% de la renta imponible que todos los trabajadores aportan para así tener una pensión cuando se jubilen.
  • Pilar Voluntario: es el ahorro complementario al 10% obligatorio que tiene por objetivo mejorar tu pensión. Esto lo puedes hacer a través de un APV (Ahorro Previsional Voluntario, con importantes beneficios para ti)
  • Pensión Garantizada Universal (PGU): ley que tiene por objetivo mejorar las pensiones de los actuales y futuros pensionados. La PGU entregará un aporte máximo de $206.173, el cual se reajusta con el IPC.

Importante

Recuerda que el beneficio estatal de Pensión Garantizada Universal (PGU) reemplaza al pilar solidario.  

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Este pilar lo compone el ahorro individual de cada afiliado, es decir, el 10% de tu sueldo imponible con un tope máximo que varía año a año más una comisión por administración de la AFP.

Importante

  • Este ahorro va a tu Cuenta Individual. Este dinero es tuyo, no es del Estado ni de la AFP
  • Al momento de jubilar, el saldo acumulado en tu Cuenta Individual es el principal ingreso que financiará tu pensión.
  • La rentabilidad al invertir estos ahorros también va a tu Cuenta Individual por completo.

Permite hacer un aporte adicional a tus ahorros previsionales con el fin de mejorar o adelantar tu jubilación. Este aporte tiene importantes beneficios del Estado que incentivan este ahorro, siempre y cuando se destine a pensión. Las alternativas son:

Ahorro Previsional Voluntario (APV)

  • Este aporte lo puedes hacer a través de tu empleador (Descuento por Planilla) o como Depósito Directo a tu cuenta. Incluye las Cotizaciones Voluntarias y Depósitos Directos.

Depósitos Convenidos (DC)

  • Son aportes en dinero para Ahorro Previsional Voluntario que puedes pactar con tu empleador con un beneficio tributario. Los DC hasta UF 900 no constituyen remuneración para ti, por ende, no están afectos a impuesto.

¿Qué requisitos debería cumplir para acceder al beneficio?

  • Tener 65 años o más
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile.
  • Acreditar residencia en Chile de al menos 20 años, continuos o discontinuos, contados desde los 20 años de edad. Además, deben haber residido en el país al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la fecha en que se presenta la solicitud.
  • Contar con una pensión base inferior a $1.114.446. La pensión base es el resultado de la suma de los ahorros obligatorios más pensiones de sobrevivencia y pensiones de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS), que pudiera estar recibiendo el pensionado

¿Cuál sería el monto del beneficio?

La PGU actualmente considera un pago máximo de $206.173 mensuales, el cual se reajusta cada año dependiendo de la variación del IPC, que se sumará a la pensión autofinanciada (la que proviene de los ahorros que el afiliado acumuló en su cuenta obligatoria) y/o al ingreso, si el afiliado estuviera trabajando.

El monto de este beneficio corresponderá a un aporte mensual proporcional que dependerá del rango de la pensión base de cada persona.

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