El Seguro de Cesantía es un beneficio que protege a los trabajadores contratados en caso de quedar sin trabajo, ya sea por despido o renuncia voluntaria. Este seguro consiste en un monto apoyo económico que se puede solicitar mientras buscas un nuevo trabajo.
El Seguro de Cesantía corresponde al 3% de la remuneración imponible del trabajador, con un tope de 126,6 UF para el 2024. Este monto es aportado en conjunto con el empleador. (Siempre y cuando se tenga contrato indefinido o sea trabajador de casa particular, para otro tipo de contrato, el empleador paga la totalidad del seguro)
Los trabajadores con contrato a plazo fijo o indefinido, contratados a partir del 02 de octubre de 2002, están afiliados automáticamente al Seguro de Cesantía. En el caso de que el contrato sea antes esa fecha, debes afiliarte voluntariamente a través de la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía).
Dentro de los requisitos para cobrar este seguro, además de estar cesante, hay que cumplir con un mínimo de cotizaciones pagadas:
Para poder cobrar el seguro de cesantía, es importante cumplir con ciertos requisitos:
Para solicitar el pago, asegúrate de contar con estos documentos:
Cédula de identidad vigente y documento que acredite tu cesantía, como la carta de despido, finiquito, o renuncia voluntaria.
Puedes realizar la solicitud de cobro del seguro de cesantía de forma sencilla a través de la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía) en línea o presencialmente:
Opciones en línea:
Atención presencial:
Visita una sucursal de AFC con los documentos solicitados y un ejecutivo te asistirá en el proceso.
Una vez aprobada su solicitud, AFC le informará el calendario de pago del beneficio, indicando sus fechas y montos.
Después de realizar la solicitud, puedes consultar el estado de tu pago en la página web de AFC o en sus sucursales.