Beneficios

Beneficios para pensionados

Porque en Cuprum queremos mantenerte informado siempre, te damos a conocer diversos beneficios o bonos estatales a los que puedes acceder. ​

Aquí en la Sala 360° te dejamos un resumen de ellos para que puedas conocerlos, también puedes revisar cada uno de ellos en mayor detalle para que puedas resolver todas tus dudas.​

Los beneficios:

  • PGU: Aporte del estado para aumentar la pensión base que tenga la persona. Para mayores de 65 años y que no estén dentro del 10% más rico de la población.
  • Bono de reconocimiento: Es un bono otorgado por el estado a aquellas personas que cotizaron en el sistema antiguo por una cierta cantidad de tiempo y luego se cambiaron al actual Sistema de Fondos de Pensión. 
  • Bono invierno: Aporte del estado para pensionados que cumplan los requisitos, se paga junto a su pensión en el mes de mayo. (No es necesario postular)
  • Aguinaldo de fiestas patrias: Aporte del estado para pensionados que cumplan los requisitos, se paga junto a su pensión en el mes de septiembre. (No es necesario postular)
  • Aguinaldo de navidad: Aporte del estado para pensionados que cumplan los requisitos, se paga junto a su pensión en el mes de diciembre. (No es necesario postular)

A continuación, puedes revisar cada beneficio en detalle:

​La PGU es un beneficio entregado por el estado a las personas que tengan 65 años o más con el fin de poder aumentar su pensión. Si bien recibe el nombre “universal” quedan excluidas de este beneficio personas que pertenezcan al 10% más rico de la población.​

El monto de este beneficio es variable y depende de la pensión base que ya recibas, pero el beneficio puede ascender a un monto de hasta $206.173 mensuales. ​

Entendiendo la importancia de este beneficio, queremos darte a conocer en mucho más detalle de qué se trata la PGU aquí.​

A continuación encontrarás el link con toda la información oficial en el sitio del gobierno para que puedas revisar con aún más detalle todo lo relacionado a este importante beneficio (ver más).

El bono de reconocimiento es un beneficio del estado que se entrega a personas que hayan cotizado en el antiguo sistema y que luego pasaron al actual sistema de AFP.

Este beneficio se traduce en un aporte que se agrega directamente a la cuenta de capitalización individual del afiliado, para sumarse a los ahorros acumulados para el pago de su pensión en el sistema AFP. 

El monto depende de diferentes variables y tiene algunos requisitos para poder ser beneficiario de él. Revisa el artículo que hemos preparado con información detallada de este bono haciendo clic aquí.

También puedes revisar detalles adicionales en ChileAtiende.

Este beneficio es un monto que se paga junto a tu pensión durante el mes de mayo, no es necesario postular y lo recibirás automáticamente si cumples los requisitos para ser beneficiario.

Para este año 2023 el monto a pagarse corresponde a $74.767 

Son beneficiarias las personas que al 1 de mayo de 2023 cumplan con:

  • Tener 65 años o más.
  • Tener una pensión menor a $201.677 (sin incluir en dicho monto, la Pensión Garantizada Universal o el Aporte Previsional Solidario de Vejez, si los tuviera).
  • Además de ser pensionados de:
    • Instituto Previsión Social (ex Cajas y Pensión Garantizada Universal)
    • Instituto de Seguridad Laboral
    • Dipreca y Capredena
    • Mutualidades de empleadores de la Ley de Accidentes del Trabajo
    • AFP o compañías de seguros, siempre que también reciban la Pensión Garantizada Universal, Aporte Previsional Solidario de Vejez o pensiones mínimas con garantía estatal.

Para conocer todos los detalles puedes revisar el sitio oficial aquí.

Este beneficio es un monto que se paga junto a tu pensión durante el mes de septiembre, no es necesario postular y lo recibirás automáticamente si cumples los requisitos para ser beneficiario.

Para este año 2023 el monto a pagarse es:

  1. Un valor base de $23.261 
  2. Un valor adicional de $11.933 por cada carga familiar existente

Son beneficiarias las personas que al 31 de agosto de 2023 cumplan con ser:

Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley  16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).​
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley  19.123 (Rettig) y Ley  19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2023, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.​

Para conocer todos los detalles puedes revisar el sitio oficial aquí

Este beneficio es un monto que se paga junto a tu pensión durante el mes de diciembre, no es necesario postular y lo recibirás automáticamente si cumples los requisitos para ser beneficiario.

Para este año 2023 el monto a pagarse es:

  1. Un valor base de $26.734.
  2. Un valor adicional de $15.104 por cada carga familiar existente.

Son beneficiarias las personas que al 30 de noviembre de 2023 cumplan con ser:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).​
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de reparación: Ley  19.123 (Rettig) y Ley  19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).​
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.​
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley 19.129, artículo 11).
  • Pensionados de las cajas de previsión de Dipreca y Capredena.​

Para conocer todos los detalles puedes revisar el sitio oficial aquí.